Aplicación
de la
ley de acceso
El acceso a la profesión de la Abogacía está reglado por la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que entró en vigor el 31 de octubre de 2011.
Esta Ley tiene por objeto regular las condiciones de obtención del título profesional para el ejercicio de las profesiones de la abogacía, básicas para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, con el fin de garantizar el acceso de la ciudadanía a un asesoramiento, defensa jurídica y representación técnica de calidad.
El título profesional referido se obtiene tras la superación de una prueba convocada por el Ministerio de Justicia con una regularidad de dos convocatorias al año. Este título, expedido por el Ministerio o determinadas Comunidades Autonomas, como el caso de Andalucía, es el que debe aportarse en los Colegios de Abogados a efectos de documento acreditativo de haber superado la prueba.
Para conocer el contenido integro de la Ley y cualquier detalles sobre su articulado facilitamos el enlace del BOE.