seguros a
disposición
del colegiado
Seguro de Responsabilidad Civil
El seguro colectivo de responsabilidad civil profesional tiene contratada una capa básica de capital asegurado por siniestro y asegurado de 1.000.000,00 €, con una franquicia de 300,00 € (existen posibilidades de ampliaciones voluntarias hasta un exceso de 2.500.000, 00 €).
Las coberturas son:
- R. Civil profesional derivada del ejercicio de la abogacía.
- Pérdida o destrucción de documentos.
- R. Civil de Explotación.
- R. Civil Patronal.
- R. Civil Locativa.
- Inhabilitación Profesional.
- Infracciones LOPD.
- Fianzas.
- Defensas.
- Infidelidad de empleados.
Seguro de Accidentes Turno de Oficio
Los accidentes acaecidos a los Colegiados durante el desempeño en el turno de oficio (asistencia en el centro de detención y primera asistencia en el órgano judicial o fiscalía correspondiente) incluyendo el riesgo «in itinere», es decir, queda cubierto también el riesgo de accidente desde que el Asegurado se encamina a la prestación del servicio y también su regreso.
- En caso de fallecimiento 100.000,00 €.
- En caso de incapacidad permanente hasta 100.000,00 €.
- En caso de incapacidad temporal, diariamente,con un máximo de 90 días, 15,00 €.
* Vigente desde el 1 de Enero de 2020 hasta la actualidad.
El contrato se prorroga automáticamente cada año.
Seguro de Vida (Mutualidad)
Fallecimiento por cualquier causa pueda sufrir los colegiados (Gratuito).
- Capital asegurado por fallecimiento (3.000€).
Seguro de Incapacidad Profesional Transitoria (IPT)
- Indemnización por enfermedad y accidente 30€/día (máximo 545 días) con franquicia de 10 días.
- Fallecimiento por accidente (12.500€)
- Invalidez Absoluta y Permanente por Accidente (12.500€).
- Parto o cesárea (750€).
- En el caso de que se manifiesten enfermedades relacionadas con el parto o la cesárea, la prestación se incrementará 20 días más con un período máximo de 45 días para la suma de los dos conceptos (indemnización principal por parto o cesárea).