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nuestros
orígenes

En 1776 se funda el Colegio de Abogados de Málaga.

 

Pero hubo un antes que configura sus orígenes: un cúmulo de disposiciones y normativas reales que nos hablan de cubrir necesidades, nombrar cargos, establecer el pago de honorarios profesionales, elegir abogados de pobres, etc. Unos datos que nos remiten a la preocupación por regular el funcionamiento de la justicia a través de un colectivo que, fundamentalmente desde la Reconquista, gozará de un lugar destacado en la vida de las ciudades.

Y es que con el reinado de los Reyes Católicos, se inauguró una etapa donde la reordenación del territorio, la lucha por la tierra, depositaria del poder y la riqueza, la representación de la corona en los más variados cargos, etc. fueron las claves de un país que se debatía por recuperar su unidad.

 

la historia de la abogacía

en Málaga

Una vez reconquistada la ciudad de Málaga en 1487, los Reyes se preocuparon de concederle los servicios que consideraban necesarios para su normal desarrollo. Y entre ellos figuraban los oficios de notario y abogado en un número bastante considerable si lo comparamos con el de otras profesiones. De ellos, sólo tres jurisconsultos se mencionan en los Repartimientos. Estos eran Fernán González, Alonso Escuder y Alonso Fajardo.

La única referencia que tenemos del primero es que era natural de Fuentes del Canto; el segundo era bachiller en leyes y persona docta y respetada; el tercero, de procedencia aristocrática, llegó a ser uno de los primitivos regidores de la ciudad y progenitor de los condes del Arco y Castroponce, los cuales poseyeron el señorío y la alcaldía de Vezmiliana (o Bezmiliana).

Con ellos la historia de la abogacía en Málaga empieza a dar sus primeros pasos. Más tarde, el 24 de diciembre de 1498, una Real Cédula de los Reyes Católicos obliga al Consejo, Justicia y Regimiento de esta ciudad que «en cada año eligiese su Ayuntamiento un Letrado y un Procurador para que siguiesen la causa de los pobres, huérfanos y presos de la cárcel, cuya elección hiciese perpetuamente pagándoles de sus Propios y Rentas, al primero 1.000 maravedíes y al otro 500 por salario de cada año» (Libro de Provisiones, nº 78).

A esto se suma una larga serie de Reales Órdenes y Cédulas Reales donde se intentan solucionar los problemas referentes al pago de los servicios de abogados, notarios y jurisconsultos que ejercen su profesión en los innumerables pleitos que llevarán a cabo las ciudades en constante lucha por la recuperación de tierras y propiedades que creen propios.

 

Asimismo, en las Actas Capitulares irán apareciendo noticias relativas a este cuerpo profesional. Así, por poner algunos ejemplos, en 1590 entre los oficios elegidos está el cargo de Alcalde de los letrados y en 1584 la ciudad nombró como Abogado de Pobres a Juan Sánchez Bastardo.

Con todos estos datos podemos intuir que el ejercicio de las labores de los abogados se irá concretando, regulando y pasarán a ser pieza clave para el normal desarrollo de las ciudades.

Los representantes de la justicia, en este caso real, gozarán de un papel destacado que, cada vez más, va exigiendo la creación de una institución que los aglutine, regule sus normas o se encargue de velar por el cumplimiento de sus funciones.

Con estos fines y propósitos irán naciendo los diversos colegios de abogados en ciudades como Sevilla, Córdoba, Madrid, Barcelona o Málaga.

Una Real Orden expedida el 7 de agosto de 1776 daba luz verde a la fundación del Colegio de Abogados de Málaga aunque, eso sí, incorporado por filiación con el de Madrid y bajo protección real. Será el 9 de octubre de ese mismo año cuando se celebre la primera asamblea general en la sacristía de la Parroquia de los Santos Mártires.

A ella acudirán «los lizenciados D. Cristobal Calderón, D. Juan de Montesinos, D. Gabriel de la Chica, D. Juan del Pino, D. Antonio Zedano, D. Bernardo Montaldo, D. Thomas Garrido, Presvítero, D. Diego Sánchez, D. Juan de Rute, D. Juan de la Cruz Gómez, D. Antonio Seoane, D. Josef Gory, Presvítero, D. Juan Muñoz Nadales, D. Nicolás García, D. Juan Tuñón, D. Fernando Merino Pro, D. Miguel Ferrer, D. Sancho Olivera, D. Josef Peres y D. Manuel Josef Otemero».

 

En el transcurso de este acto, el licenciado D. Bernardo Josef Montaldo dio un breve discurso sobre los valores de la justicia, presentó los estatutos del Colegio de Abogados de Madrid, el sello original de su matrícula y leyó una Real Provisión del Consejo relacionando su contenido con la normativa con la que a partir de ese momento se deberían regir.

Estos documentos sirvieron para sentar las bases de lo que sería la primera elección de los cargos directivos del Colegio.

De la votación realizada democráticamente salió decano D. Pedro Jacinto de Mesa, el cual propuso a la asamblea los demás cargos directivos y se procedió a su votación. De ella resultaron nombrados como primer diputado D. Francisco Higuera del Castillo, por segundo D. Christoval Calderón, por tercero D. Antonio Zedano y por cuarto D. Antonio Seoane.

El cargo de maestro de ceremonias recayó en D. Miguel López Marenco, presbítero, D. Bernardo Josef Montaldo resultó ser el secretario y D. Juan Soriano, «prepósito de la Congregación del Oratorio de Sr. S. Felipe de Nery, de esta Ciudad», fue el Prefecto.

Una vez terminadas las votaciones, se procedió a incorporar como miembros del Colegio a aquellos licenciados que, no estando presentes por diversos motivos, habían solicitado su admisión.

Se aprobó que se realizasen las pruebas convenientes a los que solicitasen su filiación y se estableció que el decano citase la primera Junta General a la mayor brevedad.

Terminada la Asamblea se dio por fundado el Colegio de Abogados de Málaga.

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