CTO
comisión
turno de oficio
¿Qué
hacemos?
Somos una Comisión Estatutaria conforme al art. 51 del Estatuto de la Abogacia malagueña.
Art 52.
Será misión de esta Comisión la organización, gestión, control y supervisión de la prestación de los servicios de asistencia Letrada al detenido y direción Letrada en Turno de Oficio por delegación de las competencias que en tales materias le son atribuidas a la Junta de Gobierno por la legislación vigente, en los términos y extensión que se prevean en las normas correspondientes.
En cada Delegación se creará una Comisión de Turno de Oficio que se integrará por Abogados con despacho en la demarcación de las misma,nombrados por la Junta de Gobierno, a propuesta de los Delegados y que tendrá por misión resolver todas las cuestiones que puedan plantearse en relación al Turno de Oficio y la Asistencia a Detenidos, incluidas las solicitudes de Justicia Gratuita y el Servicio de Orientación Jurídica, y la instrucción de expedientes disciplinarios, a través del miembro de la Comisión que ésta designe, por razón de infracciones cometidas en relación al cumplimiento del Turno de Oficio y la Asistencia a Detenidos, quedando a salvo la imposición de sanciones, que serán de la competencia exclusiva de la Junta de Gobierno.
Se procurará que el Servicio de Orientación Jurídica se preste en locales o dependencias distintas de las Sedes colegiales.
Podrán crearse en el seno de esta Comisión las Subcomisiones que el buen servicio haga aconsejables.