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El Colegio tiene firmado un acuerdo de colaboración con la Agencia Tributaria de Andalucía para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.

El contenido íntegro del convenio, en el que se detallan todos los pasos a seguir, puede consultarse en el Convenio de colaboración con la Agencia Tributaria de Andalucía

Para que los colegiados pueden llevar a cabo las actuaciones previstas en este convenio deberán actuar conforme al siguiente protocolo:

– Deberán firmar el documento individualizado de adhesión, lo que supondrá la aceptación íntegra del contenido de este convenio.

Documento individualizado de adhesión (el colegiado debe firmarlo electrónicamente y enviarlo por correo a convenioata@icamalaga.es) (Cláusula Tercera del convenio. Protocolo de adhesión al convenio de colaboración social)

– El Colegio de Abogados de Málaga y sus colegiados serán responsables de la veracidad e integridad de la información suministrada en los sistemas de gestión de autorizaciones de la Junta de Andalucía.

– Como colaboradores sociales, y una vez firmado el documento individualizado de adhesión, los colegiados se responsabilizarán de que la información incorporada en el proceso de presentación de documentos y pago es la que le ha sido suministrada por el cliente.

Para realizar cualquiera de los trámites previstos en este convenio en representación de terceras personas, los colegiados que se adhieran al mismo deberán ostentar la representación de los obligados tributarios conforme al artículo 46 de la Ley General Tributaria. La falta de representación suficiente de las personas en cuyo nombre se hubiera presentado la declaración dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que fueran procedentes.

La Agencia podrá requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación, que podrá efectuarse de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 46 de la Ley General Tributaria. Esta acreditación se realizará mediante la aportación del documento de la representación que deberá ajustarse al modelo publicado en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía.

Documento individualizado de adhesión (para uso de los colegiados, no es preciso remitirlo al Colegio)
(Cláusula Cuarta del convenio.- Acreditación de la representación de los obligados tributarios)