defensor
del colegiado
D. Guillermo Smerdou
Gámez
La figura del defensor del colegiado viene regulada en el capitulo IV de los Estatutos colegiales, y atiende al objetivo de facilitar nuevas formas de participación y/o de formulación de quejas, por el anormal funcionamiento de los servicios colegiales o actuación de sus distintos organos de gobierno, así como propuestas o sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento del IcaMálaga.
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