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igualdad

 

Nuestro 
objetivo

El Colegio de Abogados promoverá la adopción por parte de los órganos y Administraciones competentes de cuantas acciones resulten precisas para hacer eficaz la conciliación de la vida familiar y profesional de todos los Abogados

El principio de igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales.

La Unión Europea, a través del artículo 2 del Tratado de la Unión, así como el artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, establece que la igualdad entre mujeres y hombres, así como la eliminación de las desigualdades entre ambos, es un objetivo transversal que debe integrarse en todas sus políticas y acciones y en las de sus Estados Miembros.

En nuestro país, la Constitución de 1978 en su artículo 14 declara el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo; y por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad individual y colectiva sea real y efectiva.

El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se completó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (en adelante, LOIEMH).

Hasta 1922 las mujeres no fueron admitidas en el ejercicio de la profesión de la abogacía, y no en todos los Colegios de la Abogacía. Este hecho explica el sesgo androcéntrico que la profesión ha tenido y aún sigue manteniendo, a pesar de que en la actualidad casi el 50% del colectivo sean mujeres. Sin embargo, esta cifra no es sinónimo de una efectiva equiparación a todos los niveles en el ejercicio y en toda la extensión de la profesión, lo que se traduce en un menor peso económico, menor reconocimiento social, menor prestigio profesional, menor presencia y participación institucional de las mujeres abogadas.

Presidenta

Flor Carrasco Gómez

integrantes

Regina Apalategui Montañez

Vanesa Robles Carnero

Sonia Cámara Gamero

Trinidad Rivera de Zea

Julia Briales Avila