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El director del Centro Penitenciario de Málaga ha comunicado al Colegio que a partir del día 1 de agosto de 2023, para poder celebrar las comunicaciones con abogados que no ostenten la condición de abogado defensor o representante del interno, será necesario que hayan sido llamados expresamente por este. Esta circunstancia deberá ser acreditada mediante una instancia registrada con anterioridad a la fecha de la visita, de acuerdo con el artículo 48.2 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.

Se puede acceder a la comunicación recibida pinchando Aquí